
Como todo lo que beneficia al contribuyente, y como suele ocurrir en España (por desgracia), los escasísimos recursos puestos a disposición por la Administración Tributaria para ayudar a reducir la carga fiscal, como (uno sobre todos) la aplicación del llamado Régimen especial artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, más conocido como «Ley Beckham», ha sido durante mucho tiempo objeto de debate político, ya que existe un deseo bastante compartido de eliminar este privilegio concedido en determinados casos a los trabajadores extranjeros (y no, siempre que hayan pasado al menos 5 años fuera de España).
Es decir, después de haber creado (con razón) un instrumento destinado a atraer más talentos del extranjero, se cayó en la cuenta de que, de este modo, se importan competencias y cerebros pero no se hace caja (que es la única tarea de la Agencia Tributaria, sobre todo en un país como España donde, de hecho, los inspectores de Hacienda obtienen porcentajes sobre las sanciones pagadas al contribuyente). Así pues, la «Ley Beckham» está destinada a ser derogada en breve, probablemente ya el año que viene.
Por lo tanto, aconsejamos encarecidamente a quienes reúnan los requisitos que soliciten la denominada «Ley Beckham» lo antes posible.
A continuación encontrará un breve resumen de lo que implica estar sujeto a este régimen fiscal especial y extremadamente ventajoso
Ya hemos tratado ampliamente las ventajas y funcionamiento del llamado Régimen especial artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, más conocido como ‘Ley Beckham’ en nuestro artículo dedicado: El régimen fiscal favorable para extranjeros en España: la ‘Ley Beckham’ – Barcelona Global Service
A raíz de preguntas muy recurrentes de nuestros clientes, nos gustaría enumerar aquí algunos puntos clave muy importantes a tener en cuenta en caso de que pretenda acogerse a la llamada ‘Ley Beckham’:
– Realice SIEMPRE una simulación de cuál será su IRPF (es decir, la retención sobre su salario), dado que si ésta no supera el 24% (O si no tiene razones fundadas para pensar que puede superar el 24% en los próximos meses).
– BarcelonaGlobalService siempre realiza dicha simulación, de forma totalmente gratuita y sin compromiso, antes de proceder eventualmente a la solicitud a la Agencia Tributaria española.
– Recuerde que para cualquier tipo de presentación/formulario/solicitud ante la Agencia Tributaria española, debe disponer ya de un NIE. ¿Cómo se obtiene el NIE? Información: Preguntas frecuentes sobre el NIE (Número de Identificación de Extranjero) – Barcelona Global Service
– Recuerde que la Ley Beckham se extiende a cónyuges e hijos (obviamente en edad laboral), por lo que recuerde siempre, antes de partir hacia España, solicitar a su ayuntamiento (o consulado italiano) un certificado de matrimonio en formato «Multilingüe» (o «Plurilingüe») y un certificado de nacimiento de sus hijos en formato «Multilingüe» (o «Plurilingüe»), ya que deberá acreditar ante la Agencia Tributaria el vínculo familiar con los demás miembros de la familia para poder ampliar el derecho que le confiere la aceptación del Modelo 149 (Solicitud de Ley Beckham). Si no dispone de estos certificados necesitará los originales con traducción jurada, también original, y Apostilla de la Aya. Más información sobre el uso de modelos europeos: Formularios multilingües exentos de legalización y traducción, para su uso en países de la UE en virtud del Reglamento Europeo nº 1191/2016 – Barcelona Global Service
– Recuerde que el plazo para presentar la solicitud de aplicación de la Ley Beckham («Régimen para impatriados») es de 6 meses desde la fecha de alta («alta laboral») del trabajador en la seguridad social (fecha en la que se realiza la contratación en una empresa española)
– Antes de tener un empleo ya registrado es imposible solicitar la aplicación de la Ley Beckham
– No haber sido residente en España en absoluto durante los 5 años anteriores a la fecha en que solicite la aplicación de la Ley Beckham. Más información sobre la residencia fiscal: Entender la residencia fiscal en España: Una guía completa para extranjeros – Barcelona Global Service
– En cuanto a los administradores de una sociedad española: no pueden poseer más del 24% de la sociedad para que se aplique la ley y beneficiarse así del ahorro fiscal.
El régimen fiscal especial garantizado por la «Ley Beckham» puede durar hasta 6 años (5 años + el año -con carácter retroactivo- en que se presente la solicitud) y cubre también de tributación las rentas percibidas del extranjero, hasta 600.000 EUR.
La solicitud de la «Ley Beckham» debe realizarse en el plazo de 6 meses a partir de la fecha de contratación en una empresa española.
¿Necesita asistencia profesional para solicitar el régimen fiscal favorable, conocido como «Ley Beckham»? Para más información, póngase en contacto con BarcelonaGlobalService en francesco@barcelonaglobalservice.com
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